CABILDOS Historia Universal .- W. Goetz-Baridón
Antecedentes Los cabildos constituyen el organismo básico del Estado español de Indias. Daban base legal y jerarquía política a una ciudad diferenciándola de simples agrupamientos de casas e individuos.Trasplantados al Nuevo Mundo en el siglo XVI, su origen se remonta a la Edad Media. En ese momento se desarrolla la guerra de Reconquista contra el Islam invasor y en torno al castillo renacen las ciudades españolas. Corrían los siglos IX y X y el burgo se va formando cuando la hueste cristiana armada se juntaba con su Caudillo para elegir autoridades. Éstas (regido-res, alcaldes, alféreces) reunidas, recibieron el nombre de Cabildos.En el siglo XIV esas comunidades fortaleciéndose más y más se transformaron en “ciudades con autono-mía”. Eran burgos con pleno goce de derechos donde hidalgos y caballeros se congregaban en lo que se conocía como Cabildo Abierto para elegir representantes ante asambleas generales llamadas Cortes. Exactamente igual que en los tiempos del Imperio Romano cuando cada ciudad enviaba representantes ante el Prefecto del César Augusto para tratar temas de interés común.Como vemos los cabildos americanos tenían raíces muy profundas. Se les designaba como “De Justicia y Regi-miento” por cuanto con este título caracterizaban sus funciones. Ellas eran municipales, judiciales y de administración. Elección y duración del mandato. Para estos puntos dejemos la palabra al historiador Zorraquín Becú. Así dice: “La ciudad no era resultado de una concentración de familias en un lugar determinado sino que era consecuencia de un acto administrativo que la fundaba asignándole categoría, distrito y autoridades. Y lo que le daba existencia no era el mayor o menor número de pobladores sino el funcionamiento del Cabildo que la caracterizaba y dirigía. Este Cabildo era un organismo colectivo cuyos miembros eran designados por el fundador de la ciudad y luego se renovaban cada año por elección que hacían los mismos cabildantes salientes”. (Sistema de Cooptación)
Condiciones para ser cabildantes: Se requería en primer lugar ser “vecino”, es decir, estar radicado y ser casado. La disposición legal era muy clara: “Cabeza de familia con casa abierta”. Funciones del Cabildo: Construcción de obras públicas y su mantenimiento-Higiene, alumbrado y sanidad pública-Control de aguas potablesPatentes comerciales-Represión de la especulación-Fijación del “justo precio” para el consumidor-Reclutar milicias y policía urbana y rural-Mantener escuelas de primeras letras (primarias)-Conceder permisos de construcción y controlar el desarrollo urbano Autoridades y funciones individuales de los cabildantesAlcalde de primer votoPreside el Cabildo y sustituye al gobernador cuando el cargo está vacante. Controla aranceles y precios. Juez en asuntos de menor entidad. Alcalde de segundo voto Funciones iguales al anterior. Alcalde ProvincialJuez sumariante por delitos en campaña. Alcalde de Santa HermandadJefe de Policía Rural con facultades para condenar a muerte a delincuentes capturados en el momento de cometer delitos graves. Alférez RealCargo honorífico. Custodia el Estandarte Real que representaba al Rey. Sustituía a los alcaldes en caso de vacancia. Alguacil MayorJefe Policial Urbano. Vigilancia, represión de delitos, etc. Fiel EjecutorControla abasto, vigila las pesas y medidas. Hace cumplir las sentencias de desalojos, embargos, etc. Depositario GeneralTiene a su cargo los bienes de los fallecidos mientras se sustancia la sucesión. Síndico Procurador. Representa a los vecinos trasmitiendo deseos, memoriales, etc. Representa al Cabildo ante el Rey. EscribanoSecretario del Cabildo. Lleva el Libro de Actas o “Acuerdos”.
Antecedentes Los cabildos constituyen el organismo básico del Estado español de Indias. Daban base legal y jerarquía política a una ciudad diferenciándola de simples agrupamientos de casas e individuos.Trasplantados al Nuevo Mundo en el siglo XVI, su origen se remonta a la Edad Media. En ese momento se desarrolla la guerra de Reconquista contra el Islam invasor y en torno al castillo renacen las ciudades españolas. Corrían los siglos IX y X y el burgo se va formando cuando la hueste cristiana armada se juntaba con su Caudillo para elegir autoridades. Éstas (regido-res, alcaldes, alféreces) reunidas, recibieron el nombre de Cabildos.En el siglo XIV esas comunidades fortaleciéndose más y más se transformaron en “ciudades con autono-mía”. Eran burgos con pleno goce de derechos donde hidalgos y caballeros se congregaban en lo que se conocía como Cabildo Abierto para elegir representantes ante asambleas generales llamadas Cortes. Exactamente igual que en los tiempos del Imperio Romano cuando cada ciudad enviaba representantes ante el Prefecto del César Augusto para tratar temas de interés común.Como vemos los cabildos americanos tenían raíces muy profundas. Se les designaba como “De Justicia y Regi-miento” por cuanto con este título caracterizaban sus funciones. Ellas eran municipales, judiciales y de administración. Elección y duración del mandato. Para estos puntos dejemos la palabra al historiador Zorraquín Becú. Así dice: “La ciudad no era resultado de una concentración de familias en un lugar determinado sino que era consecuencia de un acto administrativo que la fundaba asignándole categoría, distrito y autoridades. Y lo que le daba existencia no era el mayor o menor número de pobladores sino el funcionamiento del Cabildo que la caracterizaba y dirigía. Este Cabildo era un organismo colectivo cuyos miembros eran designados por el fundador de la ciudad y luego se renovaban cada año por elección que hacían los mismos cabildantes salientes”. (Sistema de Cooptación)
Condiciones para ser cabildantes: Se requería en primer lugar ser “vecino”, es decir, estar radicado y ser casado. La disposición legal era muy clara: “Cabeza de familia con casa abierta”. Funciones del Cabildo: Construcción de obras públicas y su mantenimiento-Higiene, alumbrado y sanidad pública-Control de aguas potablesPatentes comerciales-Represión de la especulación-Fijación del “justo precio” para el consumidor-Reclutar milicias y policía urbana y rural-Mantener escuelas de primeras letras (primarias)-Conceder permisos de construcción y controlar el desarrollo urbano Autoridades y funciones individuales de los cabildantesAlcalde de primer votoPreside el Cabildo y sustituye al gobernador cuando el cargo está vacante. Controla aranceles y precios. Juez en asuntos de menor entidad. Alcalde de segundo voto Funciones iguales al anterior. Alcalde ProvincialJuez sumariante por delitos en campaña. Alcalde de Santa HermandadJefe de Policía Rural con facultades para condenar a muerte a delincuentes capturados en el momento de cometer delitos graves. Alférez RealCargo honorífico. Custodia el Estandarte Real que representaba al Rey. Sustituía a los alcaldes en caso de vacancia. Alguacil MayorJefe Policial Urbano. Vigilancia, represión de delitos, etc. Fiel EjecutorControla abasto, vigila las pesas y medidas. Hace cumplir las sentencias de desalojos, embargos, etc. Depositario GeneralTiene a su cargo los bienes de los fallecidos mientras se sustancia la sucesión. Síndico Procurador. Representa a los vecinos trasmitiendo deseos, memoriales, etc. Representa al Cabildo ante el Rey. EscribanoSecretario del Cabildo. Lleva el Libro de Actas o “Acuerdos”.