Liberalismo
económico
Para estos
pensadores, entonces, la completa libertad de la economía producía
espontáneamente una “armonía natural de intereses” de los distintos
sectores sociales. Si el Estado interviniera alteraría esa armonía y destruiría
el flujo natural de las leyes económicas. Por ello el Estado debía limitarse a
mantener el orden interno y la seguridad exterior, creando así las condiciones
para un correcto desarrollo de las fuerzas económicas en plena libertad. El
concepto típico del liberalismo
económico del
Estado como “juez y gendarme”. Mantener las leyes internas, castigar a quien las viole, proteger las fronteras, pero no intervenir en absoluto en la vida privada de los ciudadanos, uno de cuyos aspectos es la vida económica.
Estado como “juez y gendarme”. Mantener las leyes internas, castigar a quien las viole, proteger las fronteras, pero no intervenir en absoluto en la vida privada de los ciudadanos, uno de cuyos aspectos es la vida económica.
Nahum. “El pensamiento”
en cuadernos de estudio, Nro 26, Pág. 18
Liberalismo político
Uno de los principales objetivos
de los liberales era el de salvaguardar los derechos
individuales: reclamaban el respeto de la autoridad para la libertad de
palabra, la libertad de expresión, la de prensa, de reunión y de asociación, es
decir, fundamentalmente, los derechos políticos del hombre. Para conseguir
esto, no había otro camino que limitar la autoridad del soberano y del Estado.
Y pasa obtener ambas cosas, la vigencia de los derechos ciudadanos y la
limitación del poder estatal, era indispensable una Constitución.
Ella, según los liberales, sería
la garantía de la aplicación de aquellos derechos y de la limitación del poder.
(…) en esta primera mitad de
siglo XIX por lo menos, el liberalismo no fue una ideología democrática (…)
Por lo tanto, si bien la
burguesía liberal pedía una Constitución, no pedía el sufragio universal, por
que era sobre éste y no sobre aquella en que habría de basarse la democracia
política.
(...)son partidos de un régimen
electoral censitario, es decir,
basado en la riqueza (…).
CONSTITUCIÓN URUGUAYA DE 1830
La ciudadanía se adquiría a
la edad de 20 años, salvo para los casados, para los cuales regía a partir de
los 18. Pero además, el ejercicio de la ciudadanía tenía varias excepciones. El
sistema de sufragio adoptado fue el restringido, y calificado, siendo privados
de ese derecho las mujeres, los esclavos, los analfabetos, los peones, los
jornaleros, los soldados de línea, los deudores del Estado, los ebrios, los
sometidos a proceso penal, y sirvientes a sueldo (art.11).
Lee todo en: La Constitución Uruguaya de 1830 | La guía de Historia http://www.laguia2000.com/uruguay/siglo-xix-10/la-constitucion-uruguaya-de-1830#ixzz3VLZpKdun
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Cuestionario:
Según el texto 1) ¿Cuál eran los
derechos individuales defendidos por los liberales?
2) ¿Qué función debe cumplir la Constitución ?
3) ¿Qué significa sufragio
universal y sufragio censitario?
4) ¿Quiénes quedan excluidos en
la primera mitad de siglo de votar?
5) ¿Por qué se afirma en esta
época el liberalismo no fue una ideología democrática?